Micelio
Auto17 de mayo de 2024

A- de 2024

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Ejército Nacional

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitudes de aclaración y adición de la Sentencia T-005/24.

La primera pretensión fue formulada por el Ejército Nacional y tras revisar los argumentos planteados por esta entidad, concluyó la Corte que solo busca reabrir el debate jurídico, exponiendo razones que pudo presentar dentro de la oportunidad procesal brindada y realizando interpretaciones extensivas del contenido de la providencia.

En consecuencia, la Sala de Revisión decidió RECHAZARLA, por no evidenciar razonamientos o expresiones que planteen motivos de duda o que generan problemas en su entendimiento.

La solicitud de adición fue formulada por un ciudadano que no actuó en el proceso de la referencia como parte demandante, demandada o vinculada al mismo, por lo cual se RECHAZÓ, por incumplir el requisito de legitimidad en la causa por activa.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de aclaración de la Sentencia T-005 de 2024 presentada por el Ejército Nacional, a través del Mayor General Omar Esteban Sepúlveda Carvajal, por las razones expuestas en esta providencia.
  2. SEGUNDO. RECHAZAR la solicitud de adición de la Sentencia T-005 de 2024 presentada por el ciudadano Wilman Ariel Barrera Vargas, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR a las partes del proceso de tutela la decisión adoptada en esta providencia, advirtiendo que contra esta decisión no procede ningún recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.